El nuevo reglamento de conductores, aprobado en mayo de 2009, incluye algunos cambios para obtener el permiso de ciclomotores. El nuevo carnet pasa a llamarse ‘Permiso de conducir AM’ y autoriza a conducir vehículos de hasta 50cc de cilindrada. Si estás pensando en sacártelo, aquí te explicamos lo que debes hacer paso a paso.
#1 Tener la edad
Uno de los principales aspectos que hay que tener en cuenta a la hora de conducir un ciclomotor es la edad, ya que no todos los jóvenes pueden conducir estos vehículos. En este sentido, para obtener una licencia de conducción (sea del tipo que sea), la edad mínima requerida es un factor clave. De este modo, para conducir un ciclomotor a partir de septiembre de 2010 se establece en 15 años la edad mínima para obtener el permiso. Además, estos conductores de ciclomotor no están autorizados a transportar pasajeros hasta que el titular haya cumplido los 18 años, a excepción de los que hayan obtenido la licencia antes del 1 de septiembre de 2008 que si podrán transportarlos.
#2 Conocer el reglamento vigente
El 8 de mayo de 2009 el Consejo de Ministros aprobó un nuevo reglamento de conductores que prevé cambios en las exigencias para obtener los distintos permisos, incluido el de ciclomotores. El nuevo carnet pasa a llamarse ‘Permiso de conducir AM’ y autoriza a conducir vehículos de hasta 50cc de cilindrada. A partir del 1 de setiembre de 2010 la edad mínima para sacarse este permiso será de 15 años, a diferencia del antiguo reglamento, que fijaba una edad mínima de 14 años. Además, los conductores de ciclomotor no estarán autorizados a transportar pasajeros hasta que cumplan 18 años, excepto aquellos que se hayan sacado el permiso antes del 1 de setiembre de 2008.
#3 Rellenar una solicitud
Deberás rellenar un impreso oficial que está disponible en las Jefaturas de Tráfico (busca la más cercana en www.mir.es/MIR/Directorio/Servicios_Perifericos/Direccion_General_de_Tra…) y en la página web. En esta misma Jefatura deberás iniciar el trámite para solicitar la licencia, yendo directamente a la «ventanilla de conductores» para solicitar fecha para el examen.
#4 Hacer un test psicotécnico
En la Jefatura de Tráfico te exigirán un informe de aptitud psicotécnica expedido por un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado, perteneciente a la misma provincia en la que solicites el trámite. Se trata de una revisión médica en la que controlan tu visión y oído, entre otras pruebas. Para saber cuáles son estos centros y cuál está más cerca de tu casa, puedes acceder a esta página donde podrás descargar el último informe.
Deberás llevar una fotografía actualizada de 35 x 25 mm que será adherida al informe.
#5 Entregar los documentos necesarios
Los documentos que debes presentar en la Jefatura son los siguientes:
- Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Tarjeta de Residencia en vigor. Si eres extranjero comunitario deberás presentar la autorización de residencia o pasaporte junto con el certificado de inscripción en el registro central de extranjeros para extranjeros comunitarios. Si eres extranjero no comunitario deberás llevar una autorización de residencia para extranjeros no comunitarios.
- Una fotografía actualizada, de 35 x 25 mm., igual a la que se halle adherida al informe de aptitud psicotécnica.
- Declaración por escrito de no hallarse privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores, ni sometido a intervención o suspensión del que se posea.
- Declaración por escrito de no ser titular de otro permiso o licencia de conducción de ciclomotores
Además, los documentos necesarios para conducir un ciclomotor son los siguientes:
- Licencia de conducción
- Certificado de Características Técnicas del ciclomotor
- Seguro Obligatorio
#6 Conocer los requisitos
Para poder obtener la licencia de conducción de ciclomotores (LCC, aunque pasará a llamarse Permiso AM en el año 2010), además de los documentos ya mencionados, deberás tener la residencia normal en España. En caso de ser estudiante, tendrás que demostrar la calidad de tal durante un período mínimo continuado de seis meses en territorio español y haber cumplido la edad requerida por la ley (14 años actualmente, 15 años a partir de septiembre de 2010).
Asimismo, según el Real Decreto 818/2009 de 8 de mayo, para obtener un permiso o una licencia de conducción se requerirá:
- En el caso de extranjeros, acreditar la situación de residencia normal o estancia por estudios en España de, al menos, seis meses y haber cumplido la edad requerida.
- No estar privado por resolución judicial del derecho a conducir vehículos de motor y ciclomotores, ni hallarse sometido a suspensión o intervención administrativa del permiso o licencia de conducción que se posea.
- Que haya transcurrido el plazo legalmente establecido, una vez declarada la pérdida de vigencia del permiso o licencia de conducción del que fuera titular como consecuencia de la pérdida total de los puntos asignados.
- Reunir las aptitudes psicofísicas requeridas en relación con la clase del permiso o licencia de conducción que se solicite.
- Ser declarado apto por la Jefatura Provincial de Tráfico en las pruebas teóricas y prácticas que, en relación con cada clase de permiso o licencia de conducción, se determinan en el título II.
- No ser titular de un permiso de conducción de igual clase expedido en otro Estado miembro de la Unión Europea o en otro Estado parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ni haber sido restringido, suspendido o anulado en otro Estado miembro el permiso de conducción que poseyese.
- Los que padezcan enfermedad o deficiencia orgánica o funcional que les incapacite para obtener permiso o licencia de conducción de carácter ordinario podrán obtener un permiso o licencia de conducción extraordinarios sujetos a las condiciones restrictivas que en cada caso procedan.
- Ser declarado apto por la Jefatura Provincial o Local de Tráfico en las pruebas teóricas y prácticas, en relación con la clase del permiso solicitado.
#7 Pagar una tasa
La Dirección General de Tráfico cobra una tasa de acuerdo al permiso que solicites. En el caso de la licencia de ciclomotores la tasa es de 40 euros, aunque como varía cada año conviene que te asesores directamente en la Jefatura de Tráfico. Si decides dar el examen con autoescuela te ahorras la molestia de la tramitación y el problema de conseguir o alquilar una moto. Sin embargo, un curso de ocho clases, incluyendo la matrícula, puede costarte unos 300 euros o más.
#8 Superar una prueba
Una vez entregada la documentación y cumplidos todos los requisitos, sólo deberás aprobar dos exámenes a los que te somete la Dirección General de Tráfico. La primera prueba es teórica y consta de 20 preguntas. La segunda prueba es práctica y se desarrolla en un circuito cerrado. Consiste en varios ejercicios de destreza como el paso estrecho entre dos franjas y el slalom entre conos.
Para obtener información oficial sobre las pruebas puedes entrar en la página web de la Dirección General de Tráfico o llamar a la Jefatura de Tráfico más cercana.
6 respuestas
Hola,
Tengo ya 26 años, con esta edad podría acceder perfectamente a cualquier tipo de carnet. El problema que tengo es el siguiente: mi neuróloga «me prohíbe» sacarme el carnet, supongo que el de conducir y es probable que se refiera, sobre todo, por el psicotécnico. La verdad no sé cómo pensará ella «prohibirme» sacarme el carnet, pero el caso es que leí que en todos se exige psicotécnico, y no sé si me echarían para atrás por mi enfermedad, que es migraña y en algunos momentos migralepsia. El ataque de migralepsia es un ataque epiléptico, pero producido por las migrañas, así que este no me pillaría circulando con un ciclomotor.
Hola Lobo😊,
El test psicotécnico tienes que realizarlo igualmente, sea el vehículo de motor que sea. Si lo apruebas, en principio no habría ningún problema. De todos modos, podrías conducir siempre y cuando no lo hagas cuando estés pasando por el episodio de migralepsia. Pero sí que es cierto que debes informar de tu caso a quien te vaya a realizar la prueba, ya que te va a hacer ciertas preguntas que debes responder. Por otro lado, la neuróloga no puede prohibirte conducir pero sí aconsejarte lo que es mejor en tu caso.
Saludos
Hola, un gran articulo, sin motivación no hay éxito, la motivación es obligatoria para lograr objetivos,
apoyo por completo al autor. Gracias.
Hola 😊
Muchas gracias por tu comentario. Nos alegra que te haya gustado este post.
Saludos
Quiero agradecer, este tema aporta valor a nosotros como lectores.
Había leído otros blogs al respecto y acepto que este articulo explica
mejor el tema. agradezco mucho por la información.
Hola, Karina 😊
Gracias por tu comentario. Nos alegra que te haya gustado este post y el contenido te haya sido de utilidad.
Saludos